CONTÁCTENOS !! - Cel. 313-810 2463

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

ENTREVISTA DE TELEVISION

Nuestro Director en Entrevista de Televisión, hablando sobre uno de los temas que maneja. Entrevista editada por el Canal. Prescindieron de mucha información importante, pero aún así sigue siendo muy útil. Para una mejor orientación y consulta en este tema, escríbenos a través del formulario que encuentran en esta web. DEFENDEMOS los INTERESES de CONDUCTORES y VÌCTIMAS.

SALARIO MINIMO MENSUAL 2016: $689.455

Auxilio de Transporte 2016: $77.700

IPC 2015 : 6.77% - HISTÓRICO CLICK AQUI !!

TRM DÓLAR DEL DIA E HISTÓRICO (DESDE 1991) C L I C K A Q U Í

CONSULTE LICENCIAS DE CONDUCCIÓN SUSPENDIDAS Y PROCEDIMIENTO SI YA CUMPLIÓ CON EL TÉRMINO CLICK AQUI ! -- CONSULTE SÍ TIENE COMPARENDOS PENDIENTES DE PAGO POR INFRACCIONES DE TRANSITO, POR PLACA Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD CLICK AQUI !

AVISO :: Visita otro de nuestros portales: www.AbogadosIceda.com - www.IcedaAbogadosyAsesores.com , mayor información, más herramientas ;: NO USE INTERNET EXPLORER (Distorsiona el contenido de la Web) recomendamos GOOGLE CHROME. :: :: TARJETAS DE CRÉDITOS, . Gracias por su visita !!

TIPS Y NOTICIAS JURÍDICAS BREVES


Estando vigente la relación laboral no se podrá desafiliar al trabajador ni a sus beneficiarios de los servicios de salud, cuando hubiera mediado la correspondiente retención de los recursos por parte del empleador y no hubiera procedido a su giro a la entidad promotora de salud. Los servicios continuarán siendo prestados por la entidad promotora de salud a la que el trabajador esté afiliado, sin perjuicio de la responsabilidad del empleador, conforme las disposiciones legales.




La empresa promotora de salud respectiva, cobrará al empleador las cotizaciones en mora con los recargos y demás sanciones establecidos en la ley.


Ley 782/2002 (Ley expedida durante el Gobierno de Alvaro Uribe, llamada de flexibilización laboral.)

No hay comentarios:

Publicar un comentario